311 research outputs found

    Procedimiento para aplicar la cláusula general antiabuso

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    Por décadas Colombia ha tenido una gran preocupación por el riesgo de la elusión fiscal, por esta razón el Congreso colombiano introdujo en su estatuto fiscal la Norma General Antielusión, mediante la Ley 1607 de 2012. Basándose en la Ley de Procedimiento Administrativo y Procesos Administrativos y en la legislación tributaria, este trabajo propone un breve análisis para comprender la normatividad de la GAAR e identificar las diferentes etapas del procedimiento administrativo que permite su aplicación, pues la ley no reguló este tema. Sin embargo, para lograr este objetivo fue necesario investigar varias situaciones de naturaleza sustantiva de este instrumento jurídico, como su naturaleza jurídica, estudiar su finalidad en el sistema tributario, así como investigar el significado del concepto “propósito comercial”, porque es uno de los requisitos que deben ser interpretados, con el fin de detectar y corregir las operaciones que constituyen la elusión fiscal.

    Principios y derechos constitucionales vulnerados con el silencio administrativo negativo

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    En el trabajo se realiza un análisis entre los artículos 83 y 84 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, los cuales consagran, respectivamente el Silencio administrativo negativo, como regla general, y el Silencio administrativo positivo, como regla excepcional, y los artículos 60, 40 y 41 del decreto 01 de enero 02 de 1984, derogado por la Ley 1437 de 2011. Si bien el artículo 60 de la ley derogada establecía que “transcurrido un plazo de dos (2) meses contado a partir de la interposición de los recursos de reposición o apelación sin que se haya notificado decisión expresa sobre ellos, se entenderá que la decisión es negativa”, este artículo se refería expresamente al silencio administrativo frente a la decisión de los recursos y no a al silencio frente a la presentación de peticiones, por lo tanto el trabajo hará un énfasis en lo preceptuado en los citados artículos 40 y 41, teniendo en cuenta que el artículo 40 del decreto 01 de 1984, anterior código Contencioso Administrativo, hacía alusión al silencio administrativo negativo, como regla general, en unos términos tales que posibilitaba que pudiesen vulnerarse los principios Constitucionales, y que el artículo 41 del mismo código, que consagraba la regla excepcional, diese pocas oportunidades al administrado, por cuanto sólo operaba este silencio en los casos expresamente previstos en disposiciones especiales. Al entrar en vigencia la Constitución Política de Colombia de 1991, se adopta para Colombia el modelo de Estado Social de Derecho y dado este tipo de Estado, se debe tener presente que sus fines esenciales deben estar enmarcados en lo humano, justo y social. A partir del 02 de julio del año 2012, entró en vigencia de la ley 1437 del 18 de enero de 2011 que establece el nuevo “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, en la cual puede observarse que se sigue configurando el fenómeno del silencio administrativo negativo y positivo de la misma manera que se desarrollaba en los artículos 40 y 41 del Decreto 01 de 1984 anterior CCA. Por lo antes expuesto se sigue presentando la posibilidad de violación de algunos principios y disposiciones constitucionales tales como el de la dignidad humana (artículo 1° de la Constitución Política), los fines del Estado (artículo 2 - Garantizar la efectividad de los principios), la supremacía de la Constitución y la consecuente obligación política de obedecerla (artículo 4° Constitución Política), Entre otros.In this dissertation is done an analysis between Articles 83 and 84 of Law 1437 of January 18, 2011, current Administrative Procedure Code and of the Administrative contentious CPACA, which enshrines respectively negative administrative silence, as a rule, and the positive administrative silence, as an exceptional rule, and the Articles 60, 40 and 41 of the Decree 01 January 02, 1984, repealed by Act 1437 of 2011. Although Article 60 of the repealed Act provided that "after a period of two (2) months from the filing of the application for reconsideration or appeal without being notified about them express decision means that the decision is negative", this article specifically referring to administrative silence on the decision of the resources and not the silence on the submission of petitions, therefore, the work will make an emphasis on the precepts of the said Articles 40 and 41, considering that Article 40 of Decree 01 of 1984, former administrative contentious code, alluded to the negative administrative silence, as a rule, on terms such that enabled that could be violated Constitutional principles, and that Article 41 of the same administrative contentious code, which enshrined the exceptional rule, give few opportunities to the administered, because this silence operated only in the cases expressly provided for special provisions. Upon enactment of the Political Constitution of Colombia 1991, in Colombia is adopted the model the rule of social law and since this type of state, it must be remembered that the essential purposes must conform to the human, social and fair. Starting from July 02, 2012, entered into force of the law 1437 of January 18, 2011 establishing the new "Administrative Procedure code and Administrative contentious code", which can be seen that continues configuring the phenomenon of the negative and positive administrative silence the same way that is developed in the Articles 40 and 41 of the Decree 01 of 1984 previous CCA. By the above it still has the possibility of violation of some constitutional provisions and principles such as human dignity (Article 1° of the political Constitution), the goals of the State (Article 2 - Ensure the effectiveness of the principles) the supremacy of the Constitution and the consequent political obligation to obey it (article 4 of the political Constitution). Among others

    Medios impugnatorios y su incidencia en las sanciones tributarias en las empresas textiles del distrito de Los Olivos, año 2021

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    La presente investigación tiene como como objetivo Determinar si los Medios impugnatorios inciden en las sanciones tributarias en las empresas textiles del distrito de Los Olivos, año 2021. La importancia de la presente es mostrar una posible solución a la problemática mediante poner en conocimiento los recursos que tienen los contribuyentes para poder solicitar alguna modificación de alguna decisión errónea de SUNAT que causa un perjuicio económico. Para la presente su tipo de investigación es aplicada, siendo su diseño el no experimental y de corte transversal, se utilizó un instrumento para la recolección de datos de la muestra siendo 32 personas. Para la medición de la confiabilidad se midió bajo el coeficiente de Alfa de Cronbach y la comprobación de las hipótesis se realizó bajo la prueba de Rho Spearman utilizando el programa estadístico SPSS. En esta investigación se llegó a la conclusión que Los Medios impugnatorios inciden en las sanciones tributarias en las empresas textiles del distrito de Los Olivos, año 2021

    Riesgo, fraude y auditoria: el desafío de la profesión

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    Como consecuencia del incesante crecimiento en la empresa privada, el propietario de la empresa de ayer tuvo que delegar la función de dirección del gerente de hoy. Este a su vez para garantizar el cumplimiento y desarrollo de todas las actividades que confluyen al interior de la organización debe implementar una serie de normas que permitan avalar de manera efectiva la realización de las operaciones de sus subordinados, con el fin de cumplir con los objetivos generales de la empresa. Cuanto se toca el concepto de control interno, es de común entenderse que la extensión del trabajo de auditoria está estrechamente relacionada con el criterio de eficiencia y adecuación que de el se llegue a tener. En cuanto al concepto de control interno es necesario hacer una distinción importante. Con marcada frecuencia se hace referencia al mismo, manifestándose que un buen sistema de control conlleva la eliminación de las posibilidades de ocurrencia de irregularidades. Hay que partir de la consideración de que un buen y adecuado sistema de control interno no constituye garantía de la no ocurrencia de irregularidades. Otra cosa diferente es, que si ese control es eficiente y adecuado en grado sumo, conducirá a una reducción de la posibilidad de suceder irregularidades.Incluye bibliografí

    El correo electrónico como medio de notificación en la gestión del Estado colombiano

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    68 páginasThe research work sought to identify in the different branches or powers in which the Colombian state intervenes or in which the management of the state develops, the norms and / or regulations in which the use of mail has been allowed over time electronic as a means of electronic notification, likewise, the contributions of other countries where systems for electronic notification have been created were identified.Et trabajo de investigación busco identificar en las diferentes ramas o poderes en la que intervienen el estado Colombiano o en el que la gestión del estado se desarrolla, las normas y/o reglamentación en las que se ha permitido a través del tiempo el uso de! correo electrónico como medio de notificación electrónica, así mismo, se identificaron los aportes de otros países en donde se han creado sistemas para notificación electrónica.MaestríaMagíster en Derech

    Reforma tributaria municipal, crecimiento con equidad

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    Desde la década de los ochenta, se implementaron en el país políticas de descentralización, se generaron medidas que fortalecían el recaudo de impuestos locales, se comenzó a asignar funciones a los municipios que antes eran propias de la nación y se aprobó la elección popular de alcaldes. La Constitución de 1991, continúo con este proceso de modernización de los municipios y los departamentos y expresamente en los artículos 356 y 357, otorgó nuevas responsabilidades y recursos a los gobiernos territoriales. Igualmente en la misma Carta Política, se definió el situado fiscal para los departamentos, se estableció la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la nación, determinando que sería un porcentaje creciente y se dieron algunos parámetros para la distribución de los recursos como pobreza, esfuerzo fiscal y usuarios

    Estudio comparativo de los derechos del contribuyente en los países de la Comunidad Andina

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    Actualmente, los contribuyentes cuentan con un conjunto de derechos otorgados por el ordenamiento jurídico, que buscan generar una relación de equidad entre las Administraciones Tributarias y el sujeto pasivo, de manera que, sin violentar los derechos del administrado, el Estado pueda ejercer eficazmente todas las facultades que le otorga la ley, en el ámbito tributario. En el presente trabajo se analiza, si los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) cuentan con normativa constitucional, y a partir de ésta, la configuración de un ordenamiento jurídico procesal que facilite el efectivo ejercicio de los derechos constitucionales. Además, si dentro de este ordenamiento jurídico, los procedimientos administrativos con plena observancia de los principios constitucionales, son la herramienta más idónea para asegurar que las actuaciones de la Administración no excedan de lo que está permitido y no transgredan los derechos constitucionales de los ciudadanos. Así, se determina si los derechos del contribuyente aplicados a la luz de derechos constitucionales de los países que conforman la CAN, aseguran el equilibrio entre la Administración y el contribuyente. Además, se analiza si este equilibrio que se pretende lograr entre los contribuyentes y la administración tributaria a través de los derechos del contribuyente, es real y no meramente declarativo, es decir, si se cuentan con recursos procesales idóneos, eficaces y sencillos que permitan hacer efectivo el goce de los derechos por parte del contribuyente

    Evolución normativa y jurisprudencial de la carga impositiva tributaria del impuesto predial a las iglesias en Colombia 

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    Con la ley 20 de 1974 se firmó el concordato entre el estado colombiano y el vaticano; el cual ha tenido por objeto fortalecer la relación iglesia – estado; no obstante el pacto plasmado en la norma otorga beneficios a la iglesia católica en un inicio de estado social regido por la constitución de 1886 que concordaba con el catolicismo en sus diversas prácticas e igualmente en regímenes morales, que después con la entrada en vigencia de la constitución política de 1991 en conjunto con la corte constitucional se limitaron mediante la sentencia c-027 de 1993; sin embargo lo anterior no modificó en materia tributaria las exenciones consignadas a favor de la iglesia. En primera medida se parte entonces de la sentencia c-027 de 1993 como fundadora de línea que declara exequible en este caso las exenciones tributarias otorgadas a la iglesia, posterior desarrollo del principio constitucional de igualdad que cobija a las demás iglesias que cumplan con los requisitos legales en cuanto a su formación, la razón principal de extender dicho beneficio es la evolución constitucional presentada desde el concordato hasta la fundación tanto de la corte constitucional como máximo ente guardián de la carta magna y el desarrollo del estado laico en nuestro país, lo anterior sin perjuicio de las limitantes que han surgido de acuerdo a la ley misma. Es entonces cuando en materia tributaria de acuerdo a la evolución constitucional se tiene la ley como la pauta límite impuesta por el congreso en el desempeño de su función legislativa para otorgar instrucciones legales a los concejos municipales y asambleas departamentales competentes constitucionalmente para imponer tributos a una población en particular, no obstante en cuanto impuesto predial solo los concejos municipales imponen este singular tributo mediante acto administrativo denominado acuerdo municipal, que por regla general no puede ser contraria a las normas preexistentes en especial a la constitución política. se presenta entonces un proyecto de investigación descriptivo de tipo socio jurídico en la cual se pretende abordar el estudio de la evolución normativa y jurisprudencial de las iglesias como sujeto pasivo de la carga impositiva predial en Colombia; indagando mediante el análisis normativo, jurisprudencia y la aplicación de entrevistas de las partes del impuestos como lo son las iglesias y las entidades territoriales competentes para la imposición, lo anterior con el fin de obtener las bases teóricas necesarias para determinar la evolución desde el concordato (1974 hasta la presente fecha del desarrollo del tema en cuestión

    Análisis crítico del amparo de buen manejo de anticipo, de cara a las facultades exorbitantes de la administración

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    Con miras a contribuir a un mejor entendimiento del ámbito al cual deben enfrentarse todos los interesados (Estado, contratistas, aseguradoras, funcionarios públicos, Jueces etc.) cuando de analizar la cobertura de los anticipos contractuales se trate, el objeto del presente escrito es acometer una visión crítica del estado del arte legal, doctrinario y jurisprudencial existente frente a la materia, con el ánimo de plantear soluciones prácticas e ideas que permitan acompasar la estructura que le es reconocida desde las normas comerciales al contrato de seguro, con el muy particular contexto normativo dentro del cual el Estado ejerce sus facultades y potestades contractuales y administrativas, al cual no es extraño la vigilancia y control que éste concreta en punto del manejo brindado a los recursos constitutivos del anticipo.In order to contribute to a better understanding of the stage in which all the parties meet (State, contractors, insurers, public officials, judges etc.) regarding the analysis of the coverage of contractual advances, the purpose of this paper is to undertake a critical view of the state of the art in law and available doctrine and jurisprudence about the subject, with the aim to bring practical solutions and ideas to encompass the structure that commercial law recognizes to the insurance contract, with the very particular regulatory context in which the State exercises its powers and contractual and administrative prerogatives, including surveillance and control regarding this particular point of management provided to advance payment.Especialista en Derecho de SegurosEspecializació
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